Recientemente se ha advertido acerca de la probabilidad de que el fenómeno de El Niño se desarrolle en el segundo semestre de 2026 y los pronósticos señalan que podría tratarse del más fuerte de la historia.
Más allá de las eventuales consecuencias que El Niño pueda causar al sector energético, este fenómeno tiene implicaciones en los financiamientos de proyectos hidroeléctricos. De ahí la necesidad de una correcta evaluación del riesgo hídrico al momento de estructurar las operaciones.
Una de las principales características de la financiación de proyectos es que los flujos de caja generados por el activo financiado constituyen la fuente principal de pago de la deuda. En un proyecto para la construcción de una planta hidroeléctrica, se espera que la energía generada por la planta permita obtener los ingresos necesarios para atender el servicio de la deuda. En ese sentido, cuando se presentan escenarios de sequía que reducen la disponibilidad de agua, la planta no puede generar la energía prevista y esto se podría traducir en menores ingresos y en una afectación de la capacidad de pago del proyecto.
Dado que el riesgo hídrico está por fuera del control de las partes y no puede ser eliminado, la estructuración financiera de estos proyectos suele basarse en escenarios conservadores de generación (como métricas P90) que reflejan condiciones hidrológicas adversas y buscan asegurar la capacidad de pago de la deuda incluso en escenarios de baja disponibilidad de agua. Estas proyecciones deben traducirse en herramientas de asignación de riesgos y en la definición de mecanismos de gestión adecuados.
Desde un punto de vista de asignación del riesgo, los contratos de compra de energía son un instrumento clave. En función de cómo estén estructuradas las obligaciones de pago del comprador de la energía, el riesgo hídrico puede trasladársele al comprador o no.
Típicamente los prestamistas buscarían que el contrato de compra de energía esté diseñado como un hell or high water contract, de tal manera que, con independencia de la entrega de energía, el comprador esté obligado a realizar ciertos pagos mínimos. Ahora bien, en la práctica, la posibilidad de trasladar íntegramente el riesgo hídrico al comprador suele estar limitada por consideraciones comerciales y de negocio, por lo que el riesgo termina siendo compartido entre las partes y gestionado mediante mecanismos contractuales de monitoreo y cobertura propios de las estructuras de project finance.
Así, es usual que en los contratos que instrumentan la financiación se incluyan obligaciones dirigidas a crear y mantener cuentas de reserva destinadas a cubrir eventuales disminuciones en los ingresos sin afectar el cumplimiento oportuno del servicio de la deuda, así como obligaciones financieras relacionadas con el cumplimiento de indicadores mínimos de cobertura que permiten a los prestamistas monitorear de manera continua la suficiencia de los ingresos proyectados frente a las obligaciones financieras del proyecto.
La posibilidad de enfrentar uno de los fenómenos de El Niño más intensos de la historia muestra que uno de los grandes retos para financiar la transición energética radica en movilizar capital en entornos de alta incertidumbre. Por tanto, la estructuración de estos proyectos debe apoyarse en análisis técnicos rigurosos que permitan el diseño de soluciones contractuales y financieras estables en escenarios cambiantes.
¿Quiere publicar su edicto en línea?
Contáctenos vía WhatsApp